El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas a Proyectos de Inversión Empresarial que se lleven a cabo dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias.
BENEFICIARIOS
Empresarios individuales y sociedades con personalidad jurídica propia, que lleven a cabo proyectos de inversión empresarial en el Principado de Asturias.
Tipo de proyectos para PYMES |
"Inversión inicial" |
a) La inversión en activos materiales e inmateriales relacionados con: |
La creación de un nuevo establecimiento |
La diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo; siempre que los costes subvencionables superen como mínimo el 200% del valor contable del inmovilizado material que se reutiliza, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de los trabajos. |
La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente. |
Una transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente, siempre que los costes subvencionables superen la amortización del inmovilizado material, relativo a la actividad que se va a modernizar, en los tres ejercicios fiscales anteriores |
PROGRAMAS DE AYUDAS:
Programa 1-Subvenciones a la inversión empresarial.
El proyecto de inversión deberá comprender una cuantía subvencionable, igual o superior a 500.000 euros y no deben superar la cuantía de 100.000.000 euros.
No haber iniciado los trabajo antes de la solicitud de la ayuda. La compra de terrenos y los trabajos preparatorios como la obtención de permisos y la realización de estudios previos de viabilidad no se consideran el inicio de los trabajos.
Beneficiario deberá aportar al proyecto una contribución financiera mínima del 25%, bien mediante sus propios recursos o bien mediante financiación externa, exenta de cualquier tipo de ayuda.
Programa 2-Subvenciones a la financiación de inversiones empresariales.
La cuantía mínima del nominal del préstamo, deberá ser de 100.000 euros, siendo libre la cuantía máxima del mismo.
El plazo de amortización de los préstamos será, como mínimo, de dos años
GASTOS SUBVENCIONABLES
“Activos materiales”: terrenos y urbanización, edificios, instalaciones, maquinaria y equipos
“Activos inmateriales”: activos que no tienen una materialización física o financiera, como las patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual.
Tipo de empresa | Porcentaje máximo de ayuda |
Pequeñas empresas | 35% |
Medianas empresas | 25% |
Grandes empresas | 15% |
Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas concedidas para el mismo proyecto o actuación cuando di- chas medidas de ayuda se refieran a costes subvencionables diferentes
Hasta 27 julio 2023
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