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DIGITALIZA - CV

  • Foto del escritor: Ideoma
    Ideoma
  • 27 dic 2025
  • 2 Min. de lectura

Subvenciones para Digitalización de Pymes Industriales (Comunitat Valenciana)


Beneficiarios

  • Pymes, empresas y autónomos con sede social o centro de producción en la Comunitat Valenciana.

  • Deben contar con al menos 2 personas trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas

  • La actividad económica debe estar incluida en determinados epígrafes del CNAE-2009 (sectores industriales y de servicios ligados a industria).

a) Secciones C, D, E y F – Divisiones 10 a 43, excepto la clase 41.10 (Promoción inmobiliaria).

b) Sección H – Divisiones 49 a 52

c) Sección M – División 72.

  • No pueden ser beneficiarias empresas dedicadas principalmente a actividades financieras, inmobiliarias o comercio de bienes


 Proyectos subvencionables

  • Se apoyan proyectos de digitalización que incluyan actuaciones como:

    • Adaptación a industria 4.0 (sensores, automatización, robótica, gemelos digitales…)

    • Sistemas de gestión y ERP/CRM, comercio electrónico y gestión integrada.

    • Big data, inteligencia artificial, seguridad TIC, cloud computing.


 

Gastos subvencionables

  • Activos inmateriales (software y soluciones digitales).  No se admite software de propósito general (ofimática, sistemas operativos, correo, etc.), salvo que sea parte inseparable de la solución.

  • Desarrollo de software a medida, incluyendo instalación, configuración y asesoramiento técnico específico

  • Activos materiales (hardware y equipamiento)

  • Hardware tecnológico, sensores, automatismos y equipos de comunicación (excluido ordenadores personales, tablets, móviles...)

  • Servicios externos de consultoría tecnológica especializada

  • Gastos de auditoría de la justificación


Intensidad de la ayuda

  • Max 45 % para pequeñas y 35 % para medianas empresas

  • Importes entre 20.000 y 175.000 €.

  • La ayuda está bajo el régimen de minimis, con límite de ayuda total acumulada por empresa (por normativa comunitaria)

     

Forma de pago

  • Pago único  una vez justificada la ejecucion del proyecto.

  • Posibilidad de anticipo de hasta el 75 % de la ayuda concedida (previa constitución de garantía)


Otros datos

  • Ayudas con caracter de minimis

  • Hasta el 3 de marzo de 2026

  • La ejecución de los proyectos deberá haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2025 y el 31 diciembre 2026


Industria digital

 
 
 

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