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CAMBIOS EN AYUDAS DE MINIMIS

Desde el 1 de enero de 2024 ha entrado en vigor el nuevo Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de las ayudas de minimis, que estará vigente hasta el 31/12/2030.

 

Entre las principales novedades destacan:

 

·      Se incrementan los límites, pasando de 200.000€ a 300.000€. Es decir, se aumenta hasta los 300.000 € el límite máximo de las ayudas de minimis que una única empresa puede recibir por Estado miembro en cualquier período de tres años. Para el caso de empresas que prestan servicios de interés económico general, suben de 500.000 € hasta los 750.000 €.

 

Se elimina también el límite que se aplicaba a las empresas que operan en el sector del transporte de mercancías por carretera, que ahora también se les aplicará el límite general de 300.000 €

 

·      Evaluación continua del período de tres años. El período de tres años, durante el cual se acumulan las subvenciones y ayudas de minimis, ahora se evalúa de forma continua y día a día. En cada nueva concesión de ayuda de minimis, se debe considerar el importe total de las ayudas concedidas en los tres años previos, teniendo en cuenta el cómputo diario, y no por ejercicios fiscales como hasta ahora.

 

·      Creación del Registro Nacional de Minimis, que debe estar operativo antes del 01/01/2026, y servirá para comprobar que cualquier nueva concesión de ayuda no sobrepase el límite máximo establecido en el presente Reglamento. Se pueden consultar y obtener un certificado de  la ayudas de minimis que se han concedido a tu empresa en  www.infosubvenciones.es 



ayudas de minimis

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