Beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, incluidos entes sin personalidad jurídica:
Titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA)
Inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA)
Cooperativas, sociedades agrarias de transformación (SAT) u otras agrupaciones agrarias, siempre que sus socios o miembros sean titulares de, al menos, en conjunto, tres de dichas explotacione
Personas físicas o jurídicas inscritos en el epígrafe 911, el epígrafe 912 o el epígrafe 851 de actividades económicas
Las ayudas se destinarán a la adquisición de nuevos equipos que sustituirán a equipos y máquinas del mismo uso y del mismo tipo que deberán achatarrase:
a) Tractores agrícolas.
b) Máquinas automotrices: de recolección, de aplicación de productos fitosanitarios, de aplicación de productos fertilizantes, cisternas para aplicación localizada de purines, equipos de manipulación y carga y trituradoras de residuos vegetales.
c) Maquinas arrastradas o suspendidas: sembradoras directas, abonadoras, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, trituradoras de residuos vegetales, equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales y cisternas de purín con sistemas de aplicación localizada de producto en el suelo (rejas y discos), tubos flexibles (mangueras) o rígidos (para aplicación justo sobre el suelo), así como sistemas de localización de purín en el suelo independientemente de la cisterna.
Intensidad de las ayudas
Hasta el 30% de la inversión
El máximo de la ayuda variara en función del tipo de inversión.
Otros datos
Las máquinas pueden adquirirse desde el día 26 de julio de 2024.
El plazo de solicitudes finaliza el 15 de septiembre.
Las ayudas se conceden por orden de presentación de la solicitudes
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