Con la nueva redacción de la Ley 8/2012, deberán aplicar estrategias de circularidad los establecimientos turísticos de las Illes Balears que pertenecen a los grupos de:
Alojamiento hotelero (hoteles, hoteles de ciudad, hoteles apartamento y alojamientos de turismo de interior);
Apartamentos turísticos
Alojamientos de turismo rural (hoteles rurales y agroturismos)
Estas estrategias deberán recogerse dentro de los planes de circularidad, definidos por el artículo 93 e) de la Ley 8/2012 como el “documento donde se reflejarán las prioridades y las líneas de acción que debe llevar a cabo una empresa para incorporar modelos de planificación, consumo y producción, y compromiso circular en su estrategia de negocio, sus procesos internos y las relaciones con sus principales grupos de interés. El plan de circularidad hará especial mención a las áreas que se designen prioritarias de acción e incluirá, a la vez, todos los elementos necesarios para una correcta planificación y evaluación circular”.
Se considera coste elegible el importe de la factura de los servicios de consultoría para la elaboración del plan de circularidad, siempre y cuando estos servicios se presten por consultores externos a la persona beneficiaria. Se subvencionara máximo a el 50% de la factura de la empresa de consultoría, con un máximo de 4.000 euros. El pago de la subvención será por anticipado, sin necesidad de constituir ninguna garantía. Plazo de presentación de solicitudes: 6 de marzo de 2023 y finaliza el 6 de abril de 2023. El plazo para la ejecución de las acciones subvencionables se inicia en el momento de presentación de la solicitud de subvención y hasta seis meses después de la notificación de la resolución de concesión. Este plazo de seis meses no puede exceder, en ningún caso, el 30 de octubre de 2024. Ayudas incompatibles con cualquier otra para el mismo fin.
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